Federación de Baloncesto de Madrid

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EN JUEGO - FBM - Preferente

Restablecimiento de la banda horaria en las competiciones de la FBM



Publicamos nota informativa del departamento de Competiciones relativa al restablecimiento de la banda horaria habitual de las competiciones de la FBM a partir de la jornada del 27-28 de febrero de 2021 tras la publicación del Decreto 7/2021 de la Presidenta de la Comunidad de Madrid y de la Orden 154/2021 de la Consejería de Sanidad que amplían hasta las 22:00 h. la hora de cierre de establecimientos, recintos y locales abiertos al público.


Estimados amigos:

Tras la publicación del Decreto 7/2021, de 12 de febrero, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establecen medidas temporales para hacer frente al COVID-19, en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, del Consejo de Ministros, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, y la Orden 154/2021, de 12 de febrero, de la Consejería de Sanidad, por la que se adoptan medidas específicas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención del COVID-19 en la Comunidad de Madrid y se modifica la Orden 1405/2020, de 22 de octubre, por la que se adoptan medidas específicas  temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención del COVID-19 en determinados núcleos de población, como consecuencia de la evolución epidemiológica a partir de las 00:00 horas del 18 de febrero de 2021, todos los establecimientos, recintos y locales abiertos al público en la Comunidad de Madrid tendrán como hora de cierre la legalmente autorizada, no pudiendo superarse en ningún caso las 22:00 horas, quedando exceptuados los establecimientos farmacéuticos, centros y establecimientos sanitarios, centros y servicios de carácter social, centros veterinarios, servicios de comida a domicilio, establecimientos de combustible para la automoción y otros considerados esenciales, entendiéndose como tales aquellos que prestan o realizan servicios imprescindibles e inaplazables. La limitación horaria recogida en el punto anterior no será de aplicación a actividades institucionales y laborales que se desarrollen en dependencias que no se encuentren abiertas al público.
 
Teniendo en cuenta lo anterior y que los horarios de la próxima jornada de competición oficial (20 y 21 de febrero) ya están fijados en los términos y condiciones existentes hasta la publicación de dicho Decreto 7/2021 y Orden 154/2021, informamos que a partir de la jornada del 27 y 28 de febrero de 2021 se restablece la banda horaria habitual establecida en las Bases Generales de esta FBM.

Lo que comunicamos para general concomiento de todos los clubs de esta Federación e instalaciones deportivas de la Comunidad de Madrid

Saludos cordiales

Departamento de Competiciones
Federación de Baloncesto de Madrid
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